Consejo de Ciudad de Lucena CCL
Órgano de Participación Ciudadana para fomentar los sectores económicos, armonizando la competitividad, sostenibilidad y función social.
Acerca de esta asamblea
Este órgano tiene como meta fundamental establecer la visión de éxito para el futuro de Lucena y desarrollar una perspectiva de pensamiento estratégico que oriente y sirva de soporte a la gestión de los principales temas y asuntos públicos de la ciudad.
El Consejo de Ciudad se constituye como órgano en el que están representadas las organizaciones y agentes empresariales, sindicales, sociales, formativos y profesionales de la localidad, así como representantes de los distintos órganos de participación ciudadana, instituciones y colectivos, para promover el fomento de la comunicación efectiva entre el Ayuntamiento y los diferentes agentes económicos y sociales, y ello sin menoscabo alguno de las competencias atribuidas legalmente al Pleno municipal. Se pretende, por tanto, que el Consejo de Ciudad colabore en la elaboración y emisión de estudios, propuestas o dictámenes, a iniciativa propia, a requerimiento del Alcalde, de la Junta de Gobierno Local o del Pleno, que sirvan de complemento y referente para la aprobación de proyectos, la adopción de acuerdos o la toma de decisiones de los concejales que integran el Ayuntamiento de Lucena.
Corresponderá igualmente a este Consejo la emisión de informes, estudios y propuestas en materia de planificación estratégica de la ciudad y/o con repercusión en el desarrollo social, grandes proyectos urbanos, planes de actuación municipal, proponer la realización de audiencias públicas, promover la realización de procesos participativos en temas concretos, proponer la realización de consultas populares, proponer la realización de estudios sobre temas de interés para la ciudad y promover el debate sobre los resultados.
Composición
El CCL estará integrado por los siguientes 15 miembros: -Un miembro de la Corporación, nombrado y separado libremente por la Alcaldía, que actuará como enlace entre aquélla y el Consejo y que ostentará el cargo de Presidencia de éste. -Dos miembros designados por el Pleno del Ayuntamiento de Lucena de entre personas de la localidad de reconocido prestigio y experiencia en asuntos socio-económicos. -Un miembro designado por el Ilustre Colegio de Abogados de Lucena. -Un miembro perteneciente a organizaciones vecinales, a propuesta de la Federación de Asociaciones Vecinales más representativa. -Un miembro perteneciente a organizaciones de personas consumidoras y usuarias. -Un miembro de la comunidad educativa pudiendo ser docente o representante de la Federación de AMPAS. -Un miembro propuesto por el Sector Financiero de la Localidad. -Un miembro propuesto por las organizaciones sindicales que ostenten la condición de más representativas de acuerdo con la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical. -6 miembros propuestos por la organizaciones empresariales y cooperativas de los siguientes sectores: Agroalimentario. Clima. Comercio. Construcción. Madera. Turismo.
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